PREGUNTAS FRECUENTES
CÚALES SON LAS PREGUNTAS HABITUALES
DE NUESTROS CLIENTES
¿Cuánto tiempo tardáis en darme de alta?
El plazo habitual son 24 horas en el caso de autónomos y unas 48 horas en caso de Sociedades.
Como Autónomo, ¿Qué documentación tengo que facilitaros para tramitar el alta?
- DNI en vigor.
- Nº de la Seguridad Social, si has trabajado antes.
- Nº de cuenta bancaria para domiciliar el alta en autónomos en la Seguridad Social.
- Autorización firmada para poder presentar nosotros el alta en la Seguridad Social.
- Información sobre la actividad que vas a desarrollar para elegir el código de Actividades Económicas.
Y como Sociedad, ¿También os encargaríais en la Asesoría de darla de alta?
Nosotros somos un Punto de Atención al Emprendedor (PAE). Nos encargamos de todo el proceso, salvo de la firma de las Escrituras ante el Notario. Te informaríamos puntualmente de toda la documentación necesaria para dar de alta a la Sociedad en todos los Registros necesarios..
Yo trabajo con otra asesoría. ¿Es posible contratar vuestros servicios cambiando a mitad de año?
Si. Lo recomendable siempre es cambiar de asesoría a principio de año o al final de cada trimestre por si se produce retraso en la entrega de la documentación, pero se puede hacer el cambio en cualquier momento.
Y si mi negocio crece o cambian mis necesidades de asesoría o gestión fiscal, contable y laboral, ¿puedo ampliar o variar el contrato?
Por supuesto. Nosotros nos iremos adaptando a tu negocio en función de tus necesidades, incluso en el caso de que requieras servicios adicionales de asesoría tradicional, actividad que realizamos de forma paralela.